Cebo natural y fechas de cara a 2012


La Consejería de Medio Ambiente de Castilla y León, a través del Boletín Oficial de la Comunidad publicado el pasado 29 de noviembre, ha anunciado una importante novedad en cuanto a la utilización de cebos se refiere. En su artículo 6.2.5 el BOCYL expone: “En todas las aguas declaradas trucheras se prohíbe el empleo de cualquier clase de huevas, larvas, ninfas y pupas de insectos pertenezcan o no a la fauna acuática local.”
Además, para la pesca con cebos naturales permitidos, sólo podrán utilizarse anzuelos cuya distancia, medida en recto, entre el ojo y la parte inferior del anzuelo sea superior a 25 mm, y la distancia entre la punta y el asta, medida perpendicularmente a esta última, sea superior a 9 mm.

Por otra parte, en el Artículo 2, el BOCYL delimita las épocas hábiles para la pesca de trucha y salvelino distinguiendo para ello la Zona Norte de la Comunidad (Burgos, León, Palencia, Soria y Zamora) de la Zona Sur (Ávila, Salamanca, Segovia y Valladolid). En la primera de ellas, será época hábil desde el primer domingo de abril hasta el 31 de julio de 2011, ambos inclusive. En la Zona Sur, desde el tercer domingo de marzo hasta el 31 de julio de 2011, ambos también inclusive. Todo ello, teniendo en cuenta las excepciones que los Anexos provinciales puedan incluir en cada caso.

Asimismo, dentro de estos periodos, serán hábiles todos los días excepto los lunes que no sean festivos de carácter nacional o autonómico.

Además, en el artículo 5.1, el BOCYL limita el número de capturas de trucha común, arcoiris y salvelino a cuatro ejemplares por pescador y día.



Fuente: Trofeo Pesca

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